La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas, Adepa, emitió hoy un comunicado indicando que el pedido de la jueza salteña María Edith Rodríguez es “un claro intento judicial de censura”.
El Poder Judicial de Salta emitió ayer un comunicado indicando que los medios, locales y nacionales, debían abstenerse de publicar imágenes del grupo folclórico "Los Nocheros" en el marco de la causa contra Marcos Lautaro Teruel, acusado provisoriamente de varios delitos entre ellos, abuso sexual en perjuicio de una menor.
Caso Teruel: una jueza prohíbe mencionar a “Los Nocheros” en las notas
La jueza salteña Rodriguez, emitió un comunicado, a través de un parte de prensa publicado en el sitio de Justicia Salta, en donde indicaba que había dado lugar a una medida cautelar solicitada por la defensa de Marcos Lautaro Teruel y el grupo "Los Nocheros", en donde ordenaba a las partes intervinientes en el proceso y a toda persona que por su función o participación tuviera acceso a la causa, "se abstengan de revelar a terceros y especialmente a los medios masivos de comunicación los actos procesales, datos o pruebas colectadas".
Además ordenó, "a modo de precaución" a los medios masivos de comunicación locales y nacionales que en ocasión de informar se abstengan de publicar o difundir la imagen de Mario Teruel, César “Kike” Teruel, Álvaro Teruel, Rubén Ehizaguirre y del grupo musical “Los Nocheros”, relacionando a los mismos con la causa que se tramita en ese juzgado”, indica el comunicado.
El abogado de Lautaro Teruel pidió que se prohíba la presencia de medios en la nueva audiencia
La jueza solicitó, notificando también al Ente Nacional de Comunicaciones, ENACOM, "la eliminación, anulación, borrado o desactivación de todos los registros informáticos de imágenes, videos, datos, comentarios, link, historiales, sitios, vínculos o motores de búsqueda que relacionan la imagen o nombre de cualquiera de los integrantes de “Los Nocheros” y del grupo musical en su conjunto".
Este proceder se lleva adelante en el marco de la causa en la que Marcos Lautaro Teruel (26), se encuentra acusado provisoriamente de los delitos de exhibiciones obscenas agravadas (dos hechos) y abuso sexual con acceso carnal (dos hechos) en concurso real; y abuso sexual con acceso carnal.
"Admitir la potestad de los jueces de decidir qué puede o no publicarse implicaría que estos dejaran de ser tales para transformarse en censores".
Ante este pedido de la jueza salteña a los medios locales y nacionales, ADEPA emitió el siguiente mensaje en el cual se rechaza la medida, citando antecedentes judiciales al respecto.
El comunicado completo:
Claro intento judicial de censura en Salta
La jueza de Garantías 7 de la provincia de Salta, María Edith Rodríguez, notificó al Enacom (Ente Nacional de Comunicaciones) que los medios locales y nacionales deberían abstenerse de publicar imágenes del grupo folclórico Los Nocheros y de sus miembros individualmente, en el marco de la cobertura informativa de una causa judicial por la que se encuentra detenido Lautaro Teruel.
Ordenó, además, la eliminación de "todos los registros informáticos de imágenes, videos, datos, comentarios, links, historiales, sitios, vínculos o motores de búsqueda" vinculados a la causa y que contengan imágenes o el nombre de cualquiera de los integrantes del grupo musical.
Se trata de una resolución mordaza que configura claramente un intento de censura prohibido de manera expresa por nuestra Constitución. Esta interdicción constitucional no implica ausencia de responsabilidad ulterior ante eventuales perjuicios ocasionados por los medios. Pero la eventual defensa del derecho al honor, la intimidad o la imagen no pueden, dentro de nuestro ordenamiento jurídico y en el de la mayoría de las democracias modernas, cercenar la libertad de prensa y de expresión con una restricción que impide la difusión de información e ideas.
Prácticas habituales en casos vinculados al mundo del espectáculo como la notificación de la imposición de "bozales legales" están en línea con la resolución de la jueza Rodríguez.
Nuestro país cuenta con una frondosa jurisprudencia que reafirma la prohibición de la censura previa, nutrida por casos como "Lacroze de Fortabat c/Barone", "Chamatrópulos c/La Gaceta", "Pérez Arriaga c/Arte Gráfico Editorial Argentino SA" o "Servini de Cubría, María Romilda s/amparo". Admitir la potestad de los jueces de decidir qué puede o no publicarse implicaría que estos dejaran de ser tales para transformarse en censores.
Buenos Aires, 29 de junio de 2019