Así lo prevé la Convención firmada entre Argentina y la República Italiana. Ya existen antecedentes en este sentido.
La
extradición de Alessandro de Rossi, el sacerdote
acusado de abuso sexual, desde Italia a nuestro país debe tramitarse conforme lo dispuesto por la ley Nº 23.719, que es la Convención de Extradición firmada con la República Italiana. Entre otras normativas, el tratado permite a cualquiera de los dos países a rehusarse a extraditar a un nacional.
El sacerdote italiano fue arrestado en Roma por pedido de la justicia salteña, que ahora tiene 45 días para solicitar la extradición antes que vuelva a quedar libre. Si esa solicitud llegase a concretarse, el artículo N° 4 establece que “cada parte podrá rehusar la extradición del propio nacional” y que en caso de negarla, “la parte requerida tendrá la obligación, a pedido de la parte requirente, de someter el caso a las propias autoridades competentes para la eventual promoción de un proceso penal”.
Si bien la Convención determina -en el artículo N° 1- que las partes (Argentina e Italia) se comprometen a entregar a las personas que se hallaran en su territorio, especifica que deben encontrarse sometidas a proceso penal o que sean buscadas para la ejecución de una pena o de una medida de seguridad por las autoridades judiciales de la otra que lo requiere.
El texto del acuerdo indica que entre los motivos para rechazar una extradición se pueden citar la falta de prueba suficiente y que la persona reclamada estuviera sometida a proceso penal por las autoridades de la Parte requerida por los mismos hechos por los cuales la extradición ha sido solicitada.
Antecedentes
El primero de noviembre de 2013 la justicia italiana rechazó la
extradición del cura Reverberi Boschi, acusado de delitos de lesa humanidad durante la última dictadura. La Corte de Apelaciones de Bolonia consideró que la investigación argentina no presentó pruebas de demuestren que Reverberi “haya asistido” a torturas.
El 31 de Julio de 2014 Italia negó la
extradición del represor Carlos Malatto imputado por tener un rol clave en el esquema de la represión ilegal en San Juan. En este caso se trata de un argentino y la Corte Suprema de Casación de Italia –máximo tribunal de aquél país- declaró la inexistencia de condiciones para disponer la extradición que pidió el juez federal argentino.