“Sin pirotecnia esperamos vivir más tranquilos”
La decisión de prohibir la pirotecnia sonora en Salta fue celebrada por padres de niños con síndrome del espectro autista. “Un festejo que hace daño, no es festejo”, remarco.
La firma de una Ordenanza que prohíbe la venta y utilización de pirotecnia sonora en Salta, cambió en un segundo la vida de Luis González y su familia. Con esta nueva normativa, Luis espera que su hijo viva más tranquilo y no tenga que volver a esconderse en una habitación o sufra ataques de llanto cuando escuche un estruendo.
Joao, tiene 10 años, y padece autismo. Por su afección neurológica las fiestas de fin de año siempre fueron distintas a las que uno se imagina. “Antes la pasábamos solos para evitar malos momentos, celebrábamos antes para que él se duerma temprano o nos íbamos al campo para que no escuche el ruido de los cohetes”, expresó y detalló que con el paso del tiempo el resto de la familia se fue acostumbrando a esta realidad evitando la pirotecnia.
La prohibición de pirotecnia en Salta disparó fuertes críticas, además de elogios
Luis remarcó que la lucha, “respetuosa”, de asociaciones como Tgd Padres Tea Salta no es en contra de las personas que venden pirotecnia, sino contra los ruidos que estos productos generan. “Un festejo que hace daño no es festejo, por eso nuestro slogan es: Más luces y menos ruidos”, agregó.
Durante su relato, González celebró que esta iniciativa se debata e implemente desde esta época del año y no a fin de año. “Sería hermoso que en este 2019, nuestros chicos no tengan que esconderse en una habitación y dejen de sufrir por las explosiones”, enfatizó.
¿Qué establece la Ordenanza?
El proyecto Ad referéndum, que Gustavo Sáenz presentó en el Concejo Deliberante, prohíbe la “la tenencia, uso, detonación y/o comercialización y/o venta al público mayorista o minorista, de todo artificio de pirotecnia que provoque sonoridad” y deja excluidos de esto a “los artificios pirotécnicos para señales de auxilio, emergencias náuticas y para el uso de las Fuerzas Armadas, de seguridad y/o Defensa Civil”.
La normativa también estipula cuantiosas multas económicas para quienes la infrinjan. En el artículo 68 se detallan sanciones que van de las 1.000 a 10.000 Unidades Tributarias (UT). Esto quiere decir de 9.950 a 99.500 pesos y la clausura del local.