“Ninguna mujer solicita una interrupción de embarazo como método anticonceptivo”

La tocoginecóloga y subsecretaria de Medicina Social de Salta, Marisa Álvarez, explicó en qué consiste el actual protocolo de aborto no punible y cómo es la intervención en el sistema sanitario.

13 Jun 2018
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Imagen ilustrativa

Cuando una mujer solicita un aborto, especialmente en los casos que actualmente no son punibles, “siempre hay causas muy preocupantes y muy dramáticas que las llevan a tener que asumir esa decisión”. Así lo observó, y vivió con sus pacientes, la tocoginecóloga y subsecretaria de Medicina Social de la Provincia, Marisa Álvarez, quien dialogó con LA GACETA sobre las interrupciones de embarazo que se practican en el sistema de salud pública según un protocolo nacional, el cual podría ampliarse si se llegara a aprobar la legislación del aborto que hoy se define en la Cámara de Diputados de la nación.

“Ninguna mujer solicita una interrupción de embarazo como método anticonceptivo, como uno escucha en estos días. Siempre hay una situación muy dramática por detrás y doy fe de eso porque me ha tocado estar en el Hospital Materno Infantil, frente a la dirección, cuando en el 2012 aparece el viejo protocolo. He podido compartir con muchas de las mujeres solicitantes las razones que las movilizaban a hacerlo, siempre hay causas muy preocupantes”, dijo la funcionaria.

Hoy el protocolo establece que una persona gestante puede solicitar la interrupción del embarazo en tres casos: si hay riesgo de vida, es decir que este peligro no puede ser evitado de otra manera que no sea interrumpiendo el embarazo; en caso de que haya riesgo de salud, “siempre observando la definición integral de salud que habla no solo de la salud biológica u orgánica, sino también la salud psíquica o emocional y la social”, y el tercer causal es cuando un embarazo se ha producido como consecuencia de una violación o abuso sexual.


Según el procedimiento, cuando una mujer acude a un servicio de salud por alguna de estas razones, el equipo médico tiene que interiorizarse acerca de lo que está planteando la paciente, informarla al respecto y explicarle cuáles serían los riesgos (si existiesen) y acordar con ella la práctica de la intervención.

Una vez tomada la decisión, la paciente llena un formulario para acceder a la práctica.  Y en caso de violación “no se requiere la presencia de la denuncia”, aclaró Álvarez; “solo se debe completar una declaración jurada en la institución”, agregó.

¿Cómo son las prácticas de interrupción de embarazo en el sistema público?

Las intervenciones en determinadas edades gestacionales pueden ser ambulatorias, no hace falta que la mujer esté internada. Siempre hay una medicación que induce la aparición de las contracciones y, dependiendo de la edad gestacional, en ocasiones hace falta la aspiración del contenido intrauterino que no ha logrado expulsarse completamente. Otras veces, en edades gestacionales mayores, es necesario un legrado uterino bajo analgesia y anestesia. Pero la interrupción legal no necesariamente es una práctica de rutina hospitalaria, puede hacerse de forma ambulatoria, según explicó la funcionaria.

“Por supuesto la medicación debe ser provista por la institución, el curso de la práctica debe ser seguida, la mujer debe tener la posibilidad siempre de contactarse con el sistema sanitario”, detalló.

Álvarez asegura que en el sistema de salud, este procedimiento sigue los mismos principios rectores que cualquier otra práctica sanitaria: “accesibilidad, confidencialidad, eficiencia en la técnica y calidad en el proceso de atención”.


¿Qué cambiaría en caso de aprobarse la nueva legislación?

“Hay que ver qué es lo que realmente se aprobaría en caso en que salga adelante. Pero la interrupción en sí, la práctica en sí, es la misma. Es el mismo método. Habría causales más amplios de los que actualmente rige en el protocolo nacional, el que Salta ha implementado a partir del 28 de mayo”, precisó subsecretaria de Medicina Social de la Provincia.

Por último, Álvarez consideró fundamental priorizar el derecho y la autonomía de las personas que acuden a los consultorios y hospitales necesitando del profesional médico. “El sistema de salud tiene que movilizarse muy fuertemente para mejorar la educación sexual integral y la accesibilidad de hombres y mujeres a la planificación familiar, bajo estos conceptos de autonomía y derecho. Son dos herramientas que, en caso de que se apruebe la nueva ley, no generen exageradas solicitudes de aborto. Tiene que ver con que hombres y mujeres encuentren en los ámbitos sanitarios la posibilidad de disponer métodos conceptivos”, concluyó la tocoginecóloga. 


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